Guía para trabajadores
¿Qué es la estabilidad laboral reforzada y quién la tiene?
Es una protección que impide despedir a ciertos trabajadores por su condición sin una autorización previa o una justa causa comprobada. La tienen, entre otros, las personas con discapacidad o con una condición de salud que les impide trabajar normalmente, las mujeres embarazadas o en licencia de maternidad, los trabajadores con fuero sindical y, según la jurisprudencia, quienes están próximos a pensionarse. Si te despiden sin respetarla, el despido puede ser ineficaz y proceder el reintegro.
Salud y discapacidad
El artículo 26 de la Ley 361 de 1997 prohíbe despedir a una persona por razón de su discapacidad sin autorización del inspector de trabajo. La sentencia C-531 de 2000 de la Corte Constitucional declaró que el despido sin esa autorización no produce efectos, además de la indemnización de 180 días de salario.
La jurisprudencia extiende la protección a quienes tienen una afectación de salud que les dificulta sustancialmente trabajar, aunque no tengan una calificación de pérdida de capacidad.
Maternidad y paternidad
El artículo 239 del Código Sustantivo del Trabajo prohíbe despedir a una trabajadora por motivo de embarazo o lactancia; el despido durante el embarazo o en las 18 semanas posteriores al parto se presume por ese motivo. Para despedirla se requiere autorización del inspector de trabajo (artículo 240). Sin ella, la trabajadora tiene derecho a una indemnización de 60 días de salario, además de las demás prestaciones.
La Corte Constitucional, en la sentencia C-005 de 2017, extendió esta protección al trabajador cuya cónyuge o compañera permanente, sin empleo, está embarazada o en lactancia y depende de él.
Fuero sindical y prepensionados
Los trabajadores con fuero sindical no pueden ser despedidos sin calificación judicial previa de la justa causa (artículo 405 del Código Sustantivo del Trabajo).
Quienes están a tres años o menos de cumplir los requisitos para pensionarse tienen protección reconocida por la jurisprudencia constitucional (sentencia SU-003 de 2018).
Normas citadas
- Ley 361 de 1997, art. 26
- Corte Constitucional, sentencia C-531 de 2000
- Código Sustantivo del Trabajo, arts. 239, 240 y 405
Actualizado el . Orientación informativa general; no sustituye la asesoría legal sobre tu caso.